DIARIOELHIERRO.ES, Valverde (18/12/2008. 11:12 horas)
El juzgado de primera Instancia e Instrucción número 1 de Valverde ha desestimado la demanda interpuesta por Pedro Luis Casañas Padrón, ex alcalde del municipio de La Frontera (PP), contra el periodista Sergio Gutiérrez Trujillo, director del periódico www.diiarioelhierro.com, , por intromisión ilegítima en su derecho al honor.
Casañas solicitaba una indemnización de 12.000 euros por la publicación de una carta al director, en la que se le imputaba la “realización de prácticas ilegales en relación con la calificación de terrenos” en ese término municipal y que “presuntamente benefician a unos en detrimento de otros de manera intencionada”.
La Asociación de la Prensa de Santa Cruz de Tenerife, de la que Sergio Gutiérrez es miembro de número, muestra su satisfacción por el desenlace de este procedimiento, en el que ha apoyado al periodista a través de su servicio jurídico, representado por los letrados José Antonio Miguel y Manuel Freddy Santos. Con anterioridad, en octubre de 2006, el mismo juzgado archivó una denuncia presentada por Casañas contra Gutiérrez, solicitando que se le revelase el nombre del autor de la carta referida.
UNA INFORMACIÓN VERAZ Y CONTRASTADA
Ahora, la juez falla que “la diligencia en orden a comprobar o contrastar la veracidad del contenido de la carta publicada resultó adecuada y suficiente por parte del medio de comunicación”. Asimismo, afirma que “una lectura detallada de esta carta permite comprobar que no hace mención alguna al actor, no se le imputa delito alguno”, sino que “lo que hace es una crítica general a la corrupción urbanística que viene teniendo lugar en los distintos municipios españoles”.
EL EX ALCALDE SE DIO POR ALUDIDO
En la sentencia, la juez señala que parece que Padrón se ha dado por aludido por propia iniciativa, cuando la mención hecha en la misiva era al Ayuntamiento de Frontera y nunca a su alcalde. “Es más, en el hipotético caso que la carta hubiese ido dirigida al actor, la misma no atentaría contra su imagen ni contra su honor toda vez que afirmar que unas determinadas modificaciones urbanísticas significaron un notable beneficio a unas personas y no a otras y que para los beneficiados resultó un pelotazo de órdago viene a ser una simple opinión, haciéndose eco de un lenguaje habitual y común al tratar de estos temas, sin que eso signifique que necesariamente debe llevar aparejado un hecho delictivo”, recoge la sentencia.
“Respecto a la veracidad de lo publicado –agrega la juez–, sin olvidar que realmente entiendo que es una opinión, acertada o no, lo que sí es cierto es que en el anterior Plan General del Ayuntamiento de Frontera, cuando el actor no era alcalde ni pertenecía a la corporación local, se hicieron unas modificaciones que beneficiaron a algunos vecinos de Las Puntas y a otros no”.
UNO DE LOS TERRENOS BENEFICIADOS ES DEL PROPIO PEDRO LUIS CASAÑAS
La sentencia indica que, tal y como consta en el informe pericial y a la vista de sus declaraciones en la sala, la modificación del uso urbanístico de diversos terrenos, que pasaron a ser de uso turístico, generó un importante cambio y beneficio materializable a los propietarios de las parcelas que se vieron en esta situación. “Sin entrar en valoración alguna, uno de esos terrenos afectados es de la propiedad del actor”, señala la juez.
EL EX ALCALDE DEBERÁ ABONAR LAS COSTAS
Además de desestimar la demanda y absolver al periodista, por concluir que no queda acreditado que haya existido intromisión ilegítima en el honor de Pedro Luis Casañas ni una lesión de sus derechos conforme prescribe la Ley 1/1982, ni el demandado ha obtenido beneficio alguno por esta publicación, se condena en costas al ex alcalde de Frontera.
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