CANARIAS - 22/10/2025
La Audiencia Provincial absuelve a los tres investigados por prevaricación urbanística en Frontera
Sede de la Audiencia Provincial de S/C Tenerife.
Sergio Gutiérrez, Valverde
22/10/2025
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ACTUALIZADO: 22/10/2025 9:46:38
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El consejero insular Juan Pedro Sánchez (AHI), un funcionario del área de Agricultura y un ingeniero externo al Cabildo de El Hierro, han sido absueltos de los delitos de prevaricación urbanística, ordenación del territorio y, en el caso del segundo acusado, de negociación prohibida a funcionario público, en relación a las obras de acondicionamiento de la , según publica el periódico El Día.

Este es el sentido del fallo notificado ayer a las partes por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que les juzgó tras una denuncia interpuesta por otro consejero del Cabildo herreño, Luciano Eutimio Armas (NC), y para los que la Fiscalía pedía penas de tres años y seis meses de prisión, así como multas de 15 euros diarios durante 18 meses.


Los hechos se remontan a 2015, cuando el Cabildo de El Hierro inició un programa de acondicionamiento de seis pistas agrícolas financiadas por el Fondo de Desarrollo de Canarias (Fdcan). El objetivo era facilitar el acceso a explotaciones agrarias. 


Entre los proyectos figuraba la mejora de la pista Malnombre-La Ladera, utilizada tradicionalmente por agricultores y vecinos. 

El trazado aprovechaba un camino preexistente en su primer tramo y una antigua senda en el resto. Mientras el expediente estuvo en el área de Agricultura, los informes técnicos fueron favorables. 

En 2018, un informe elaborado por dos técnicos que con anterioridad avalaron el proyecto, concluyó que parte de la pista podría calificarse como vía de nuevo trazado, lo que exigiría una tramitación distinta a la cooperación interadministrativa.

Según El Día,fue entonces cuando se presentó la denuncia ante la Fiscalía, que derivó en el procedimiento penal por supuestos delitos urbanísticos.


La Audiencia Provincial concluye que la actuación se realizó conforme a un procedimiento administrativo válido y que «no se demostró intencionalidad delictiva en ninguno de los acusados». 

El proyecto contó con informes favorables del Ayuntamiento de Frontera y de los servicios técnicos del Cabildo, y la pista seguía un trazado preexistente, por lo que «no puede considerarse una nueva construcción contraria al planeamiento».

Respecto al funcionario insular, la Sala reconoce que existía un posible conflicto de intereses por ser propietario de una parcela en la zona, pero señaló que no se acreditó aprovechamiento personal ni beneficio económico derivado de su participación.

El tribunal añade que, aunque la falta de abstención podría tener relevancia administrativa, no constituye delito penal.
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